El Diablo Viste a La Moda 2 | Preestreno – ALCORTA              

El Diablo Viste a La Moda 2 | Preestreno


PROMOCIÓN VÁLIDA EN ALCORTA SHOPPING DESDE EL 24/04/2026 HASTA EL
25/04/2026, DESDE LAS 10HS HASTA LAS 21HS Y/O HASTA AGOTAR STOCK DE 45
REGALOS EN TOTAL, LO QUE OCURRA PRIMERO, PARA MAYORES DE 18 AÑOS,
REGISTRADOS Y/O QUE SE REGISTREN EN LA APLICACIÓN ¡APPA! QUIENES CARGUEN
UNA FACTURA EN ¡APPA! (I) MAYOR O IGUAL A $ 350.000, SE LLEVARÁN UN PAR DE
ENTRADAS PARA EL PRESTRENO DE “EL DIABLO VISTE A LA MODA 2” EN ATLAS CINES
DE ALCORTA SHOPPING EL MIÉRCOLES 29/04/2026 A LAS 21:00HS DE REGALO (STOCK
TOTAL: 45 ). NO SE PODRÁN ACUMULAR FACTURAS. SE PODRÁ PARTICIPAR UNA VEZ
POR PERSONA, POR DÍA Y POR FACTURA DURANTE TODA LA VIGENCIA. REGALO
PERSONAL E INTRANSFERIBLE. EL REGALO NO SE PODRÁ CANJEAR POR DINERO.
CONSULTE MÁS INFORMACIÓN EN: https://www.alcortashopping.com.ar/#beneficios. IRSA
INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA, CUIT: 30-52532274-9, CARLOS
DELLA PAOLERA 261, PISO 9°, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

BASES Y CONDICIONES: “EL DIABLO VISTE A LA MODA 2”

ALCORTA SHOPPING

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA  CUIT 30-52532274-9, con
domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el
“Organizador”) es la administradora del centro comercial ALCORTA SHOPPING, sito en Salguero 3172
(en adelante, el “Shopping”), es el organizador de la presente Promoción denominada “El Diablo Viste a la
Moda 2” (en adelante, la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a
continuación se detallan (en adelante, las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola
participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases,
así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las
mismas.

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde las 10hs. del 24/04/2026 hasta las 21hs. del
    25/04/2026, o hasta agotar stock de 45 regalos, lo que ocurra primero (en adelante el “Plazo de
    Vigencia”).
  2. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II) mayores de 18
    años, (III) que residan en Buenos Aires (el “Territorio”), (IV) que tengan descargada la aplicación
    ¡appa!, estén registrados y/o se registren en ella y (V) que carguen en ¡appa! una Factura Admitida
    conforme se define en el punto 3 dentro del Plazo de Vigencia (en adelante los “Usuarios”).
  3. FACTURAS Y/O TICKETS ADMITIDOS: Son facturas o tickets de compra habilitados para participar
    de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se establecen a
    continuación: (i) Que haya sido emitida/o durante el Plazo de Vigencia por alguno de los locales y/o
    stands del Shopping; (ii) Que sea por el monto de pesos argentinos Trescientos cincuenta mil
    ($350.000)] o más; (iii) Que sea cargada en ¡appa!; y (iv) que esté aprobada por el Organizador (la
    “Factura Admitida”). Se podrá cargar una factura por día y por Usuario durante todo el Plazo de
    Vigencia. No se podrán acumular facturas para llegar al monto requerido.
    La presente Promoción no ha sido concebida en forma de concurso o sorteo, a raíz de no intervenir el
    azar en ninguna instancia.
  4. ACTUACION DE APPA: Los Usuarios declaran conocer que la aplicación ¡appa! es de titularidad de
    WE ARE APPA S.A., CUIT 30-71625300-3, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 8, de la
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien actúa exclusivamente con relación a la presente como
    agente, actuando por nombre y orden del Organizador siendo este último exclusivo organizador de la
    presente Promoción.
  5. REGALO: Quienes cumplan con los requisitos mencionados en las presentes Bases serán
    adjudicatarios del siguiente regalo [Un par de entradas para el prestreno de la película “El Diablo
    Viste a la Moda 2” en Atlas Cines de Alcorta Shopping a las 21:00hs] (en adelante el “Regalo”) hasta
    agotar stock total disponible de cuarenta y cinco (45) regalos.
    El Regalo no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto y/o servicio ni por ninguna
    otra prestación, ni aun cuando no se gozará de él total o parcialmente por cualquier causa. El Regalo
    se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En
    consecuencia, todo gasto adicional en el que incurran los Beneficiarios para acceder, hacer uso o
    disponer del Regalo correrá por su exclusiva cuenta. El Regalo es para uso personal de los
    Beneficiarios y no podrá ser transferido. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda
    responsabilidad respecto del Regalo. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o
    destino dado al Regalo.
    El Organizador no reemplazará el Regalo que sea extraviado o robado o hurtado, después de su
    entrega del mismo a los Beneficiarios. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra
    con relación al servicio y/o producto ofrecido como Regalo. El Organizador no será responsable por
    los gastos en que incurrieren los Usuarios en cualquier etapa de la Promoción, con excepción de lo
    previsto en estas Bases.
  6. REGALO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Regalo no pudiera
    entregarse, el Regalo quedará en poder del Organizador.
  7. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera
    sufrir el Beneficiario en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro
    del Regalo y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola

participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las
presentes Bases.
El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de
comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos
técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o
interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.
Al recibir el Regalo, el Beneficiario lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del
Organizador. El Beneficiario conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así
como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada
en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o
indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Regalo.

  1. DATOS PERSONALES: Los Datos Personales brindados por los Usuarios al momento de participar
    de la Promoción podrán ser utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario
    e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material
    publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus
    sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado del Organizador
    o de sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas.
    Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en
    una base de datos de titularidad del Organizador, la cual podrá será utilizada por ella o sus
    sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por
    cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de
    correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los
    términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la
    documentación correspondiente
    El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Beneficiarios por los
    medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación
    de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Usuarios
    prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de
    documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el
    Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código
    Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la
    Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de
    esta autorización, los Usuarios no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna
    por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
    El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en
    forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al
    efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de
    los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de
    solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra
    razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando
    un mail a clientes@irsacp.com.ar
    La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de
    la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes
    resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de
    protección de datos personales.”
  2. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración
    de la Promoción y el Regalo por otro de idénticas características y valores o introducir modificaciones
    a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y
    llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá
    suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no
    imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los
    Usuarios. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no
    prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
  3. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción
    las siguientes personas: (i) los menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de
    vigencia de la Promoción; (ii) quienes tengan su domicilio fuera del Territorio; (iii) los empleados del
    Shopping y de los restantes centros comerciales operados por El Organizador o sus sociedades
    vinculadas (*); (iv) los empleados del Organizador y de sus sociedades vinculadas relacionadas al

negocio retail (*); (v) los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en
el Shopping a cargo de la promoción; (vi) los empleados y/o subcontratados de las agencias de
publicidad y/o agencias productoras relacionadas con la Promoción, y (vii) los familiares en primer
grado de consanguinidad y afinidad (padres, hijos, hermanos, cónyuge o conviviente) de todas las
personas mencionadas en los puntos anteriores; en todos los casos con relación laboral vigente a la
fecha de inicio de la Promoción.
*Empresas vinculadas: IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA;
PANAMERICAN MALL S.A.; ARCOS DEL GOURMET S.A.; NUEVO PUERTO SANTA FE S.A.;
SHOPPING NEUQUÉN S.A.; FIBESA SOCIEDAD ANÓNIMA; WE ARE APPA S.A.; CRESUD
S.A.C.I.F.Y.A.; GCDI S.A.; y EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A.

  1. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y
    aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al
    Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello
    dé lugar a reclamo o indemnización alguna.
  2. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el
    Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República
    Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho.
    Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja
    entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires,
    cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier
    otra jurisdicción que pudiera corresponderle.